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Escrito por Carlos E. Ortiz
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Viernes, 09 de Mayo de 2008 00:00 |
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Se
puede descargar música sin animo de lucro
La noticia
no tiene antecedentes en el país y es Jurisprudencia de la Corte Suprema de
Justicia. Se las dejamos tal cual como la registramos desde la Web:
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Bogotá.- La Corte Suprema de Justicia de Colombia determinó que descargar música de
Internet no es un delito si se hace sin ánimo de lucro, según un fallo conocido hoy.
Este veredicto revocaba una sentencia condenatoria a un hombre que convertía los discos de vinilo que le daban sus clientes al formato digital. El fallo de la Corte Suprema señaló que la ley no puede perseguir a los usuarios que, aprovechando las circunstancias, descargan música o contenidos a su alcance ya que en esos casos la persona actúa sin ánimo de obtener beneficio económico con la obra.
La sentencia determinó que en ese caso "resulta imposible afirmar la existencia de una conducta punible". "Lo que sanciona el legislador (...) es el acto de reproducir sin autorización previa y expresa del titular de los derechos correspondientes, (...) así como las acciones de transportar, almacenar, conservar, distribuir, importar, vender, ofrecer, adquirir para la venta o distribución o suministrar a cualquier título las reproducciones ilegalmente obtenidas", dice la Corte.
Asimismo, aclara que la sola utilización de un programa de ordenador no lo describe como un hecho castigable por la ley.
El fallo revocó la condena a 24 meses de cárcel y la multa de dos millones de pesos a Guillermo Vélez por pasar al formato MP3 las piezas musicales antiguas que sus clientes le daban, indicó Efe.
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Sin duda los
encargados de los derechos de autor en el país estarán armando su artillería
para contra-atacar este veredicto que podrá ser usado a favor de terceros para
hacer verdadera piratería musical.
Para leer la
noticia desde su fuente consulte
este enlace.
Via:
Alt1040
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